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Conducción en Madrid

En Madrid es mejor moverse en transporte público, porque es uno de los mejores de Europa y porque así evitamos contaminar. Ahora bien, en el caso de que lleves coche, tienes que tener en cuenta Madrid 360 / Zona de Bajas emisiones, el protocolo anticontaminación que se activa en ocasiones y la normativa de Movilidad urbana, que establece que la velocidad máxima en muchas calles es de 30 km/h. Recuerda que es obligatorio llevar el distintivo ambiental visible.

MADRID 360 / ZONA DE BAJAS EMISIONES:

Madrid 360 comprende la creación de diferentes zonas de bajas emisiones (ZBE) para mejorar la protección ambiental en los 21 distritos. Todo el término municipal será declarado ZBE de manera progresiva y por anillos territoriales desde el 1 de enero de 2022 hasta 2025.

Con la aprobación de la nueva Ordenanza de Movilidad Sostenible el 13 de septiembre de 2021 se establecen los parámetros legales para convertir toda la ciudad en Zona de Bajas Emisiones, compatibilizando la lucha contra la contaminación y el desarrollo de la actividad económica.

  • A partir del 1 de enero de 2023, los coches sin etiqueta medioambiental (a los que se denomina "A": los de gasolina matriculados antes de 2000 y diésel anteriores a 2006) que no cumplan los requisitos de encontrarse domiciliados en la ciudad de Madrid en el Registro de Vehículos y figurar de alta en el Padrón del Impuesto sobre Vehículos de Tracción Mecánica (IVTM) del Ayuntamiento de Madrid tendrán prohibido su acceso y circulación por las vías públicas urbanas del interior de la M-30, incluyendo la propia M-30. Más info

  • Desde el 1 de enero de 2022 queda prohibido el acceso y circulación de vehículos A por las vías públicas urbanas del interior de la M-30, excluyendo la propia autopista. Nota: excepto, entre otras excepciones, aquellos vehículos que a fecha 1 de enero de 2022 estén domiciliados en Madrid en el Registro de Vehículos de la Dirección General de Tráfico y figuren en el padrón del Impuesto sobre vehículos de Tracción Mecánica que podrán pasar y circular por toda la ciudad hasta el 31 de diciembre de 2024, siempre que mantengan el cumplimiento simultáneo de ambos requisitos.

  • Aviso 28 febrero 2022: El Ayuntamiento amplía hasta el 1 de mayo de 2022 el periodo de aviso para Madrid ZBE. Nota: Agentes de Movilidad continuarán sancionando a los turismos A que tienen restringido el acceso y circulación en el interior de la M-30

¿CÓMO ME AFECTA LA NUEVA NORMATIVA?

 

 


Protocolo anticontaminación

Madrid cuenta con un protocolo para casos de alta contaminación que afecta a la circulación y aparcamiento de los vehículos. Este protocolo fija cinco escenarios de medidas y prima los vehículos más limpios en función de su distintivo ambiental.

Si vas a venir a Madrid en coche, es conveniente que consultes aquí si el protocolo está activado y qué medidas establece.

Estacionamiento

No está permitido estacionar un vehículo en espacios pintados de amarillo o en zonas con carteles que indican “Prohibido Estacionar”. Las zonas de estacionamiento regulado están señalizadas y además las plazas están pintadas de azul o verde y los tickets pueden comprarse en el propio parquímetro o a través del móvil.

Cuando está activado el escenario 2 (o superior) del protocolo anticontaminación hay limitaciones por tipo de vehículo.

Más información

Consumo de alcohol

La ley condena el consumo de alcohol al volante y, en función de la cantidad ingerida, lo tipifica como infracción o delito. El límite legal establecido general es de 0,25 miligramos de alcohol por cada litro de aire. Para conductores noveles o profesionales del transporte el límite desciende hasta los 0,15 mg/l. Las multas por sobrepasar estas cantidades superan los 500 euros y pueden conllevar penas de prisión.

Límite de velocidad

Los límites de velocidad en Madrid están rigurosamente implementados y controlados, existiendo radares que detectan la velocidad en diferentes zonas. Los límites generales para vehículos, dependiendo de la vía son:

  • Autopistas y autovías: 120 Km/h

  • Carreteras nacionales: 100 Km/h

  • Vías urbanas: 30 Km/h en vías de un único carril por sentido de circulación // 50 km/h en vías de dos o más carriles por sentido de circulación.

  • Ciclocarriles: 30 Km/h

  • Zonas residenciales: 20 Km/h

Permisos y edad para conducir

La edad mínima legal para conducir en España es 18 años. Los no residentes pueden conducir en España con una Licencia Internacional de Conductor, un permiso temporal que tiene una validez de un año. Los residentes de un país de la Comunidad Europea pueden conducir en España con la licencia de su país.

Viajar con niños

Los niños mayores de 12 años pueden viajar en la parte delantera del vehículo. Los menores de esa edad sólo pueden viajar adelante con un asiento especial de seguridad. En la parte trasera, los menores cuya medida sea menor a 135 centímetros deben utilizar elementos de seguridad y control adaptables.

Motocicletas y bicicletas

Los conductores de motocicletas deben llevar las luces encendidas de día y de noche. El uso de casco es obligatorio tanto para el conductor como para cualquier pasajero ocasional.

El estacionamiento de motos sobre acera ahora permitido solo podrá hacerse donde no exista banda de estacionamiento. En todo caso, las motos que estacionen en acera deberán dejar un ancho libre de paso de tres metros. Más información

Las bicicletas tienen prohibida la circulación por las aceras, salvo por aceras-bici y las conducidas por menores de doce años acompañados por una persona adulta que vaya a pie. Las bicis pueden circular en ambos sentidos en calles residenciales con velocidad máxima limitada a 20 km/h, ciclocalles y (siempre que así esté señalizado expresamente) red viaria local.

El uso del casco es obligatorio para los menores de 16 años en vía urbana y para todos en vías interurbanas.

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Móvil

El uso del móvil al volante es motivo de infracción en Madrid, excepto si se utiliza a través de un sistema de manos libres. El importe de una multa por una infracción de este tipo asciende aproximadamente a los 200 euros.

Vehículos de Movilidad Urbana

Los patinetes eléctricos, segways y similares no pueden circular por aceras, pero sí por carriles bici y calles a 30 km/h o menos. Es obligatorio el uso del casco para los menores de 16 años y está prohibido el uso de auriculares mientras se conducen.

La edad mínima de uso es de 15 años. En el caso de utilizarse en una visita turística organizada, el casco es obligatorio para todos, el grupo no puede ser superior a ocho personas y pueden usarlo niños desde los 10 años cumplidos.

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